Hipotecas

Guía fiscal del comprador de vivienda en 2025

9 min de lectura
Daniel Pozo Asesor certificado BdE

Comprar una vivienda implica pagar varios impuestos que suman entre el 10% y el 15% del precio de compra. Esta guía detalla todos los tributos que afectan al comprador en 2026, las deducciones disponibles y los plazos de pago.


Impuestos según tipo de vivienda

Tipo de viviendaImpuesto principalTipo general
Segunda manoITP (Transmisiones Patrimoniales)6-10% según CCAA
Obra nuevaIVA10%
VPOIVA reducido4%

ITP por comunidad autónoma (vivienda segunda mano)

Comunidad AutónomaTipo generalTipo reducido (jóvenes/VPO)
Andalucía7%3,5% (menores 35 años, < 150.000€)
Aragón8%2% (familias numerosas)
Asturias8%3% (menores 36 años)
Baleares8-13% (progresivo)4% (menores 36 años)
Canarias6,5%4% (menores 35 años)
Cantabria10%5% (menores 30 años)
Castilla-La Mancha9%6% (menores 36 años)
Castilla y León8%4% (menores 36 años)
Cataluña10%5% (menores 32 años)
Comunidad Valenciana10%8% (menores 35 años)
Extremadura8%4% (menores 35 años)
Galicia9%3% (menores 36 años)
La Rioja7%5% (menores 36 años)
Madrid6%4% (menores 35 años)
Murcia8%3% (menores 35 años)
Navarra6%0% (primera vivienda, < 180.000€)
País Vasco4%4%

Madrid y País Vasco son las comunidades con el ITP más bajo. En el extremo opuesto, Cataluña y Comunidad Valenciana aplican el 10% como tipo general.


IVA en obra nueva

La compra de vivienda nueva tributa al 10% de IVA (4% para VPO). Además, se paga el AJD (Actos Jurídicos Documentados), que varía entre el 0,5% y el 1,5% según la comunidad autónoma.

Ejemplo: Vivienda nueva de 250.000€

  • IVA (10%): 25.000€
  • AJD (1%): 2.500€
  • Total impuestos: 27.500€

Deducciones en IRPF

Vivienda habitual comprada antes del 1 de enero de 2013: deducción del 15% sobre un máximo de 9.040€ anuales (ahorro máximo de 1.356€/año). Solo para hipotecas constituidas antes de esa fecha.

Vivienda habitual comprada desde 2013: no hay deducción estatal por vivienda. Algunas comunidades autónomas mantienen deducciones propias.

Vivienda en alquiler (como propietario): los rendimientos del alquiler tributan en IRPF, pero puedes deducir gastos (intereses hipotecarios, IBI, comunidad, seguros, amortización del inmueble).


Plusvalía municipal

El vendedor paga la plusvalía municipal, aunque en la práctica puede intentar repercutirla al comprador. Desde la reforma de 2021, se puede elegir entre el método objetivo (coeficientes por años) y el método real (ganancia efectiva). Si no hay ganancia, no hay plusvalía.


Calendario fiscal del comprador

ImpuestoPlazo de pagoQuién paga
ITP o IVA+AJD30 días desde la escrituraComprador
Plusvalía municipal30 días hábilesVendedor
IBI del año en cursoQuien sea propietario el 1 de eneroVendedor (año de compra)
IRPFDeclaración anual (abril-junio siguiente)Comprador

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